by Laia Ardiaca
La cubierta del edificio forma parte de la envoltura del mismo, protegiéndolo de los agentes externos. Es, por tanto, un elemento estructural que está sujeto a limitaciones de uso y de titularidad. El Tribunal Supremo ha declarado el carácter común por destino de la cubierta del edificio, no pudiendo desafectarse o convertirse en un elemento privativo de uno o algunos propietarios, ni siquiera cuando exista acuerdo de la Junta de Propietarios.
by Laia Ardiaca
Las comunidades de propietarios conllevan la convivencia entre vecinos y pueden ser fuente de numerosos conflictos. Uno de ellos es el ruido o contaminación acústica de uno de los convivientes en el edificio, ya sea generado por un instrumento musical, un animal doméstico, una actividad comercial o cualesquiera otros, que perturbe la tranquilidad y el descanso de los demás de forma intolerable y continuada.